viernes, abril 14, 2006

¡Viva la república!

Constitución Española

España, en uso de su «soberanía, y representada por las Cortes Constituyentes, decreta y sanciona esta Constitución.
TITULO PRELIMINAR
Disposiciones generales.
Artículo 1.° España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia.
Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo.
La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los Municipios y las Regiones.
La bandera de la República española es roja, amarilla y morada.
Artículo 2.° Todos los españoles son iguales ante la ley.
Artículo 3.° El Estado español no tiene religión oficial.
Artículo 4.° El castellano es el idioma oficial de la República.
Todo español tiene obligación de saberlo y derecho de usarlo, sin perjuicio de los derechos que las leyes del Estado reconozcan a las lenguas de las provincias o regiones.
Salvo lo que se disponga en leyes especiales, a nadie se le podrá exigir el conocimiento ni el uso de ninguna lengua regional.
Artículo 5.° La capitalidad de la República se fija en Madrid.
Artículo 6.° España renuncia a la guerra como instrumento de política nacional.
Artículo 7.° El Estado español acatará las normas universales del Derecho internacional, incorporándolas a su derecho positivo.

Ahí está el título preliminar de la Constitución de 1931, creo que debemos todos leerlo a fondo, 1931, España, una Constitución modernísima, y después, la larga noche oscura del franquismo, no sé si los españoles podríamos volver a ser una República alguna vez, problablemente no, la cosa sigue enconada, pero me gusta soñar que en algún momento pueda volver.

Unas palabras amigos que a veces pasáis por aquí, no es que vuelva todavía, ganas no me faltan, sólo tiempo, pero era un deber inexcusable, quiero dedicarle este post a mi abuelo, donde esté, que seguro que no es en el cielo, el no creía en esas cosas. Va por ti abuelo ¡Viva la República!

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